Externas
Se consideran actividades externas aquellas que, aunque se desarrollen en las instalaciones del conservatorio, no están organizadas por el propio centro. Son promovidas por docentes del conservatorio a título particular, por la AMPA, o por entidades vinculadas directamente con la comunidad educativa del centro.
Estas actividades deben tener una finalidad educativa clara y justificada, y se desarrollan exclusivamente fuera del horario y del calendario lectivo, es decir, en fines de semana o periodos vacacionales, sin interferir en el funcionamiento ordinario del conservatorio ni en la actividad reglada.
Requisitos y procedimiento de autorización
Toda actividad externa deberá contar con:
- La autorización expresa de la Dirección,
- Y la aprobación del Consejo Escolar, conforme a la normativa vigente y al régimen de uso de bienes públicos con fines educativos.
Además, deberá presentarse una solicitud formal que incluya:
- Justificación pedagógica.
- Programa de la actividad.
- Fechas y horarios.
- Relación de participantes.
- Seguro de responsabilidad civil en vigor.
- Responsable designado.
- Compromiso de uso adecuado del centro.
La solicitud se realizará mediante el siguiente formulario:
Gestión económica y organizativa
La gestión económica y organizativa de la actividad recaerá íntegramente en el responsable externo, ya sea un docente, la AMPA u otra entidad colaboradora reconocida.
Esto incluye:
- La recaudación de cuotas si las hubiera.
- El pago a ponentes o colaboradores externos.
- La emisión de facturas o recibos.
- La contratación de servicios auxiliares si fueran necesarios.
- La gestión del seguro y cualquier otra responsabilidad operativa.
El conservatorio no participará en la gestión de fondos, cobros, pagos, ni contratación de personas o servicios en el marco de estas actividades.
Asimismo, y de acuerdo con la normativa vigente, el conservatorio no percibe ninguna contraprestación económica por la cesión de espacios, que se realiza de forma gratuita, excepcional y justificada.
Acceso y uso de las instalaciones
La apertura, cierre y supervisión del centro durante la actividad será responsabilidad exclusiva del organizador, que deberá prever los medios necesarios para ello. En ningún caso el personal del centro (profesorado, conserjes u otros trabajadores) estará obligado a intervenir en el desarrollo logístico de la actividad.
El uso de llaves u otros sistemas de acceso requerirá autorización expresa por escrito de la Dirección, y conllevará la asunción formal de la responsabilidad sobre el uso adecuado del edificio durante el tiempo autorizado.
Limitación de entidades solicitantes
Solo se autorizarán actividades externas promovidas por:
- Docentes del centro que actúen a título particular.
- La AMPA del conservatorio.
- Otras entidades educativas o culturales sin ánimo de lucro, vinculadas directamente con el centro, legalmente constituidas, y aprobadas por el Consejo Escolar como entidades colaboradoras.
No se admitirán solicitudes de particulares o entidades ajenas que no mantengan una relación educativa justificada y estable con el conservatorio.